Procedimiento de una queja
Para que la KCHR pueda tramitar una queja, el demandante debe comunicarse con la KCHR ya sea por escrito, vía telefónico, en persona o por correo electrónico. El demandante debe proveer su información de contacto, los datos del demandado, e información sobre la presunta violación a los derechos civiles. En esta red, puede encontrar un cuestionario para presentar dicha información.
Cuando la KCHR recibe una queja, un investigador analiza la información y determina si la queja tiene mérito. La queja se procede si tiene merito. La KCHR escribe la queja oficial y el demandante firma la queja ante un notario público. La KCHR hace una investigación imparcial y otorga una orden final. Si la queja no tiene merito la quejas es cerrada.
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